El 15 de diciembre de 2021 ingresó al Parlamento del Uruguay el proyecto de ley para regular el acceso de artistas mujeres y disidencias, a través de cupos, a los eventos musicales que sean patrocinados, de forma directa o indirecta, por parte del Estado.
El proyecto fue elaborado por el colectivo Mujeres y Disidencias en la Música Uruguaya (Mydmus) y presentado por las senadoras Sandra Lazo (Frente Amplio) y Gloria Rodríguez (Partido Nacional).
Como fue ingresado en el último día del período ordinario de sesiones, comenzará a ser discutido en el período legislativo de 2022.
Algunos puntos a destacar del proyecto de ley:
- Se incluyen eventos de música en vivo o través de cualquier plataforma virtual, y que para su desarrollo convoquen a un mínimo de dos artistas o agrupaciones.
- Esos eventos deberán contar en su grilla con el 50%, como mínimo, de propuestas de «artistas mujeres y disidencias de origen nacional».
- El cupo podrá considerarse cumplido, establece el proyecto, cuando se den determinadas condiciones. Por ejemplo cuando, en los casos de una banda mixta, las mujeres o disidencias estén a cargo de la parte solista. También cuando, en estos casos, la banda cuenta con la mitad o más de integrantes de estos colectivos.
- En el caso de que la grilla del espectáculo se integre por un número impar de propuestas, la producción del evento será responsable de completarla con la propuesta artística que considere, para así poder cumplir el cupo.
- El cumplimiento implicará también, según el proyecto, la distribución paritaria en cada fecha, horario y escenario de las propuestas de las mujeres y disidencias con respecto a los demás números musicales.
- Lxs artistas deberán estar inscriptxs en el Registro de Artistas del Ministerio de Trabajo.
- El dinero procedente del Estado para financiar este tipo de eventos deberán distribuirse en forma equitativa. La mitad deberá ir a la contratación de mujeres y disidencias.
- Para controlar el cumplimiento de esta normativa, se propone la creación de una comisión integrada por el Ministerio de Trabajo, el Instituto Nacional de Música y la agrupación Mujeres y Disidencias en la Música Uruguaya (Mydmus).
- Los responsables de los espectáculos deberán presentar la grilla programada, como mínimo, 15 días antes de la realización del evento.
- La sanción por incumplimiento será el 6% de la recaudación que haya generado el show en todo concepto.
- En los casos de espectáculos con entrada libre y gratuita, se establecerá un monto ficto en unidades reajustables.
- Las personas físicas o jurídicas responsables de los eventuales incumplimientos no podrán recibir apoyo de ningún organismo del Estado para futuros eventos por los siguientes tres años.
- Las multas se utilizarán para financiar el fomento y la producción de artistas mujeres y disidentes de la música nacional.
Leer el proyecto completo de Ley de Cupo