Incluye a las personas de identidad de género autopercibido
El Instituto Nacional de la Música de Argentina, como autoridad de aplicación de la Ley 27.539 (Cupo femenino y acceso de artistas mujeres a eventos musicales), pone en conocimiento público la normativa que permite dar cumplimiento a dicha ley.La normativa incluye un régimen de sanciones que se complementa con la resolución 77/2017/INAMU (en ambas el Instituto Nacional de la Música es el órgano de aplicación).
Algunos términos, como ‘Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales’ y ‘músico nacional registrado’, etc. pueden parecer no inclusivos. Esto se debe a que no se puede modificar en un reglamento los términos que hacen referencia a definiciones que integran leyes anteriores.
Recomendamos leer atentamente las Preguntas Frecuentes en este artículo antes de enviar la Declaración Jurada.
NORMATIVA
PREGUNTAS FRECUENTES
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DENUNCIAS
La vía de denuncias establecida por irregularidades acerca de la presente ley en Argentina es leydecupo@inamu.musica.ar